La acción popular fue interpuesta para proteger derechos colectivos vulnerados por las inundaciones del río Supía, especialmente tras el evento del 3 de septiembre de 2022, que afectó a más de 1800 familias. Se alegó omisión de las entidades en la ejecución de obras de mitigación, dragado, reubicación de viviendas y recuperación ambiental.
Fecha: 5 de abril de 2024
Decisión: Amparó los derechos colectivos relacionados con:
Órdenes: Ejecución de obras de mitigación, conformación de mesa técnica, actualización del POMCA, reubicación de viviendas, entre otras.
Presentados por:
Argumentaron falta de competencia, imposibilidad de cumplimiento, y desconocimiento de sus funciones legales.
La sentencia reafirma el deber de las entidades territoriales y ambientales de actuar coordinadamente para prevenir desastres y proteger derechos colectivos. Se reconoce la complejidad técnica y administrativa del caso, pero se exige una respuesta estructural y efectiva.